Confirman la condena contra el gendarme que secuestró y golpeó a su pareja: afirman que actuó bajo «una supuesta superioridad masculina»

Compartir

La Cámara Penal confirmó este miércoles la condena contra el gendarme Antonio Javier Fleitas, sentenciado a cumplir tres años de prisión de ejecución condicional por privación ilegítima de la libertad, lesiones, robo y amenazas contra su pareja, en la ciudad de Esquel.

En diciembre del año pasado, Fleitas fue condenado a tres años de prisión en suspenso, más la obligación de no recaer en drogas y alcohol, cumplir un tratamiento psicológico para prevenir conductas violentas, hacer un curso de visibilización sobre violencia de género y la prohibición de acercarse a la víctima a menos de 200 metros.

Según informó el Ministerio Público Fiscal (MPF), este miércoles el caso de la Fiscalía logró imponerse ante un segundo tribunal, luego de que la defensa presentara un recurso apelando la sentencia condenatoria.

Se desvinculó de la empresa, fue a cobrar la indemnización y le descontaron $12 millones de cuota alimentaria

Para la Justicia, la víctima sufrió distintos tipos de violencia y tomó consciencia de su situación luego de haber sido golpeada.

“En hechos ocurridos en contexto de violencia de género, es frecuente que el único elemento de prueba directa sea el testimonio de la víctima. Suelen ser hechos que se cometen sin testigos. La teoría del caso de la Fiscalía debe basarse en numerosos indicios que, en conjunto conformen prueba sólida que dé mayor credibilidad a la declaración de la víctima», explicaron desde el MPF. 

Al respecto, remarcaron: «En este caso, el testimonio de la víctima fue encontrado verosímil, coherente, consistente y corroborado por otros elementos de prueba”.

Apareció calcinado el cuerpo del joven buscado desde el domingo en Chile

Según detallaron, los tres integrantes de la Cámara Penal coincidieron en que cada parte tiene obligación de acreditar con pruebas su versión de los hechos para que los dichos tengan fuerza probatoria. “Respecto de los elementos de los indicios que ofrecen coherencia externa al relato de la víctima, los camaristas señalan que la crítica de la defensa los analiza de modo aislado, fragmenta la prueba, y esta no es la forma en que los indicios deben ser valorados”, remarcaron.

Al contar su historia, la víctima describió un devenir de la relación perfectamente compatible con el ciclo de la violencia de género, según señalaron fuentes judiciales.

En ese contexto, la mujer no percibió que estaba inmersa en una situación de violencia hasta que sufrió golpes. Al respecto, uno de los camaristas sostuvo que “el comportamiento del acusado se inscribe en el prototipo de los agresores, que han interiorizado códigos sociales que sustentan una supuesta superioridad masculina y se transmiten de generación en generación a través de todo tipo de mensajes que impregnan la vida cotidiana”.

Fin del viaje: lo frenaron en un control en la Ruta 3 y no pudo explicar por qué llevaba 96 mil dólares

“En definitiva, contrariamente a las afirmaciones efectuadas por el impugnante, hemos verificado que la jueza ha confrontado todos los testimonios con las versiones traídas por la víctima y por el imputado y ha dado buenas razones de por qué ha prevalecido la hipótesis del Fiscal”, señaló el fallo de la Cámara.

Noticias Relacionadas