Las y los trabajadores profesionales de la salud, agrupados en AMPROS, no lograron concretar en Nacin un recurso de amparo para considerar inconstitucional el tope salarial.
Es que en el 2014 se promulg la Ley N 8727, conocida como la Ley de Tope Salarial, que fij como mximo remunerativo para funcionarios, empleados y contratados del Estado una cifra equivalente a la retribucin del gobernador de Mendoza.
Esta normativa, aplicada a los mbitos de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, pretenda limitar las remuneraciones en la Administracin Pblica Central Provincial, abarcando adems reparticiones centralizadas, descentralizadas, autrquicas, cuentas especiales y sociedades estatales.
El recurso extraordinario que no alcanz para las y los profesionales de la salud
Ante la instauracin de este tope, AMPROS, la Asociacin Mendocina de Profesionales de la Salud decidi impugnar la norma a travs de una accin de inconstitucionalidad.
Sin embargo, la Sala Primera de la Suprema Corte de Mendoza, integrada por los ministros Julio Gmez, Pedro Llorente y Jos Valerio, rechaz la impugnacin mediante sentencia emitida el 3 de mayo de 2023, ratificando la constitucionalidad de la ley.
No satisfechos con esta resolucin, el gremio interpuso un Recurso Extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nacin.
Aunque el recurso fue formalmente admitido en parte, la Asesora de Gobierno y la Fiscala de Estado solicitaron a la Corte Nacional la declaracin de caducidad del mismo.
Finalmente, este jueves, la Corte hizo lugar a la solicitud, poniendo fin a la discusin judicial sobre el tope salarial y agotando todas las instancias legales para AMPROS.