Bono para jubilados y pensionados: oficializaron el pago de hasta $70.000 en julio

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El Gobierno confirmó que los jubilados y pensionados que perciben la mínima volverán a recibir un bono de $ 70.000 en el mes de julio. Lo hizo a través del Decreto 444/2025, publicado este martes en el Boletín Oficial.

La normativa, que está firmada por Javier Milei, Guillermo Francos y Sandra Pettovello, indica que este refuerzo se suma al aumento de 1,5% anunciado el pasado viernes, calculado en base a la última medición de inflación.

De esta forma, la jubilación mínima, con el bono que se viene entregando mensualmente sin ajustes desde marzo de 2024, alcanzará a $ 379.294,79 en el séptimo mes del año.

La ayuda económica se extiende también para los titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM); pensiones no contributivas y madres de siete hijos o más.

El valor de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) y de la Pensión No Contributiva (PNC) será en julio de $247.435,83. Con el adicional de $70.000, el total ascenderá a $317.435,83.

“El bono se otorga con la finalidad de mantener el poder adquisitivo de las prestaciones previsionales de los adultos mayores, evitando así que continúen perdiendo su capacidad de compra”, sostiene el decreto.

A quiénes alcanza el bono de $ 70.000

La medida abarca a beneficiarios del sistema previsional contributivo y no contributivo, incluyendo:

  • Jubilados del régimen general
  • Pensiones no contributivas (invalidez, vejez y maternidad de siete hijos o más)
  • Beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM)
  • Ex cajas provinciales y municipales transferidas a la Nación

El decreto establece que aquellos titulares que “para aquellos titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior al haber mínimo previsional garantizado, establecido por el artículo 125 de la Ley N° 24.241, el importe máximo del bono extraordinario previsional será igual al monto necesario para alcanzar el tope que resulte de la suma de dicho haber mínimo más el monto máximo” de este bono.

El texto indica, además, que el bono no tendrá carácter remunerativo, no será alcanzado por descuentos y no se computará para otros conceptos. En casos de pensiones compartidas, el refuerzo se pagará por cada titular.

ES

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