Patrocinado por el defensor Juan Manuel Salgado, el dirigente gremial había interpuesto un recurso de impugnación ante el fallo dictado por Eve Ponce, en el marco de la sentencia a un año de prisión de ejecución condicional, por haber provocado destrozos en uno de los ingresos del Ministerio de Economía de Chubut, durante una movilización.
En tal sentido, el tribunal presidido por el juez Alejandro Gustavo Defranco, e integrado por los magistrados Cesar Marcelo Zaratiegui y Roberto Adrian Barrios, finalmente resolvió «rechazar la impugnación ordinaria deducida por el Dr. Juan Manuel Salgado en representación de Daniel Esteban Murphy», confirmando la sentencia dictada el 19 de febrero de 2025 por el delito de «daño agravado», e imponiendo el pago de las costas al dirigente sindical, en el orden de los 40 módulos JUS para su abogado patrocinante, y 30 JUS para el abogado de la querella, totalizando 70 módulos que equivalen a $3.758.470,80.
La ciudadanía, principal damnificada
En su sentencia, la jueza Eve Ponce consideró que «le era exigible a Murphy como dirigente, como persona elegida en este caso para guiar o representar a otras personas, un comportamiento diferente, ajustado a las normas legales». El agravante al daño provocado por el dirigente, según el fallo, radica en «la naturaleza o composición del bien que ha sido afectado, los cuales revisten una mayor protección respeto por resultar ser bienes de uso común, situación que lleva a su debido cuidado y custodia»; es decir, que tratándose de un edificio público, el mismo es propiedad de los contribuyentes y, por ende, estos últimos también fueron los damnificados al haber provocado los destrozos.
Edificio de uso público
A principios de febrero de este año, a partir de las pruebas aportadas por la fiscal Florencia Gómez, Daniel Murphy fue hallado culpable del delito de «daño agravado» en carácter de autor, por haber destrozado a patadas el vidrio del hall de ingreso al Ministerio de Economía, en la localidad de Rawson, durante la manifestación del gremio ATECh que se desarrolló el 22 de junio de 2023.
La fiscal había considerado que el sindicalista “tuvo intenciones de causar un daño” y que “la situación de protesta y de reclamos, no justifican este tipo de conducta”.
Luego de valorar las pruebas recolectadas, la jueza Eve Ponce avaló la calificación legal de «daño agravado» por tratarse de un edificio de bien público y de uso común por todas las personas, donde también funcionaban las oficinas de Infraestructura y la Fiscalía de Estado.